CdMx. Ante el riesgo de un apagón masivo de telefonía móvil que afectaría a millones de usuarios, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) anunció de última hora una prórroga para el registro obligatorio de líneas celulares.
El plazo original, que vencía este próximo 30 de junio, ha sido modificado por un esquema escalonado que se extenderá hasta el cierre de año.
De acuerdo con las autoridades, la decisión responde a que más de la mitad de las líneas activas en el país (principalmente en la modalidad de prepago) aún no han sido vinculadas a la Clave Única de Registro de Población (CURP) de sus titulares.
Con esta medida, se busca dar un margen ordenado para evitar la suspensión masiva del servicio.
¿Quiénes deben registrarse?
El proceso no aplica para todos los usuarios por igual:
Usuarios de Prepago (Recargas): Son quienes obligatoriamente deben realizar el registro vinculando su número con su CURP.
Usuarios de Pospago (Planes de renta): Quedan exentos de este trámite, ya que sus datos de identificación fueron validados al momento de la contratación. Líneas de datos: Las tarjetas SIM destinadas exclusivamente a internet móvil tampoco requieren el registro.
Para evitar la saturación de las plataformas de las operadoras (como Telcel, Movistar y AT&T), la CRT determinó que la fecha límite se basará en el último dígito del número celular:
- Terminación 0: Nueva fecha límite el 15 de agosto.
- Terminación 1: Nueva fecha límite el 31 de agosto.
- Terminación 2: Nueva fecha límite el 15 de septiembre.
- Terminación 3: Nueva fecha límite el 30 de septiembre.
- Terminación 4: Nueva fecha límite el 15 de octubre.
- Terminación 5: Nueva fecha límite el 31 de octubre.
- Terminación 6: Nueva fecha límite el 15 de noviembre.
- Terminación 7: Nueva fecha límite el 30 de noviembre.
- Terminación 8: Nueva fecha límite el 15 de diciembre.
- Terminación 9: Nueva fecha límite el 31 de diciembre.
¿Qué ocurrirá si no se realiza el trámite?
Las líneas que no cumplan con el registro en la fecha indicada sufrirán la suspensión del servicio dentro de las 72 horas posteriores al vencimiento.
Durante el periodo de suspensión, el usuario no podrá realizar llamadas convencionales ni usar datos móviles; la línea quedará limitada exclusivamente para comunicarse a los servicios de emergencia (911), recibir alertas sísmicas y contactar al centro de atención a clientes de su compañía para regularizar su situación. El servicio se restablecerá de manera automática una vez completado el trámite.
Finalmente, la CRT hizo un llamado a la población a mantenerse alerta frente a posibles fraudes, recordando que las empresas de telefonía no realizarán llamadas telefónicas para solicitar datos personales. El proceso debe ser iniciado por el propio usuario a través de los canales digitales oficiales de su respectiva compañía proveedora.
La decisión la tomas tu!



