Fortalece 76 Legislatura certeza jurídica en materia de límites territoriales municipales

Morelia, Michoacán, a 15 octubre del 2026.- El Congreso del Estado, aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, a fin de que haya más claridad en la identificación de los límites territoriales municipales cuando haya un conflicto de esta índole entre ayuntamientos.

Esto, toda vez que los ayuntamientos remiten solicitudes de revisión de limite territorial, sin incorporar información técnica fundamental para la correcta identificación del límite propuesto y por ende, la ausencia de estos elementos técnicos ha generado diversas dificultades durante el análisis legislativo de los asuntos en materia de límites territoriales.

Con la reforma al artículo 9 Septies, a partir de ahora las solicitudes de solución de conflictos por límites territoriales deben incorporar, al menos, el listado ordenado de vértices que definan el trazo del límite territorial; la tabla de coordenadas geográficas o métricas correspondientes a cada vértice, precisando el sistema de referencia geodésico o cartográfico utilizado; la información cartográfica o geoespacial que permita representar gráficamente el límite territorial propuesto; así como cualquier otra información técnica emitida por autoridades o instituciones oficiales competentes en materia geográfica o cartográfica.

De la misma forma, con la adición del artículo 9 Octies, se establece la posibilidad de que los ayuntamientos soliciten apoyo y asesoría técnica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como de otras instituciones públicas especializadas, para la verificación de los elementos técnicos que formen parte de los expedientes que sean remitidos al Congreso del Estado en los procedimientos relacionados con conflictos por límites territoriales municipales.

Asimismo, se reconoce la facultad del Congreso del Estado para solicitar la opinión especializada respecto de los elementos técnicos integrados en los expedientes respectivos, con el propósito de fortalecer la certeza jurídica y cartográfica en los procedimientos de delimitación territorial municipal y prevenir inconsistencias.

Es importante señalar que con estas reformas no se modifican las competencias constitucionales del Congreso del Estado ni otorga carácter vinculante a las opiniones técnicas que, en su caso, emitan las instituciones especializadas; por el contrario, busca fortalecer los mecanismos de coordinación técnica e institucional que permitan mejorar la calidad, precisión y certeza de los procedimientos de solución de conflictos territoriales municipales.

Con estas modificaciones se busca fortalecer la certeza jurídica en materia de límites territoriales y garantizar que los decretos aprobados por el Congreso del Estado contengan referencias territoriales claras, precisas y verificables, evitando futuras controversias o dificultades de interpretación y transcripción geográfica.

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