Peatones primero, reglas para scooters y adiós a las multas directas: Así opera el nuevo Reglamento de Tránsito de Morelia

El reglamento educa y obliga al peatón, pero no lo multa.

Morelia, Michoacán. El Ayuntamiento de Morelia ha puesto en marcha su nuevo Reglamento de Tránsito y Vialidad, un documento histórico que no solo reordena las prioridades de nuestras calles, sino que transforma por completo la forma en que se sanciona a los conductores. A través del modelo de Justicia Cívica, el municipio busca acabar con la corrupción apostando por el trabajo comunitario antes que por la clásica multa económica.

Aquí te presentamos los puntos clave y lo que debes saber como ciudadano para moverte en la ciudad y conocer tus derechos:

  • La nueva Jerarquía de la Movilidad: El peatón es el rey
    El cambio más importante de este reglamento es el orden de prioridad en las calles de Morelia, poniendo al centro a los usuarios más vulnerables:
    Prioridad Absoluta: En la cima de la pirámide se encuentra el peatón, seguido por los ciclistas, personas con discapacidad y adultos mayores. Los automovilistas y motociclistas tienen la obligación estricta de cederles el paso.
    Banquetas sagradas: Queda estrictamente prohibido obstruir las banquetas con vehículos, motocicletas o mercancía de comercios. El peatón tiene derecho a la vía libre, y lo que estorbe será retirado con grúa o sancionado.
    Preferencia en giros: Si un auto va a dar vuelta en una esquina y hay un peatón cruzando, el conductor debe detenerse por completo, aunque su semáforo esté en verde.
    Responsabilidad peatonal: Pero ojo, la seguridad es de dos vías. Los peatones están obligados a cruzar exclusivamente por las esquinas o pasos cebra, utilizar los puentes peatonales si se encuentran a corta distancia, y evitar cruzar las vialidades distraídos con el teléfono celular o usando audífonos.
  • Regulación de Scooters y Bicicletas: ¿Por dónde deben circular?
    Por primera vez, se integra formalmente al reglamento el uso de scooters, monopatines eléctricos y bicicletas asistidas, sacándolos del «limbo» legal y asignándoles espacios específicos:
    ¿Cuál es su carril? Deben circular obligatoriamente por las ciclovías. En caso de que la calle no cuente con una, tienen derecho a utilizar el carril de la extrema derecha de la vialidad (los autos deben darles 1.5 metros de distancia al rebasar).
    Prohibiciones en plazas y banquetas: Tienen estrictamente prohibido circular sobre las banquetas, así como en la parte de arriba de las plazas públicas, portales o andadores peatonales del Centro Histórico. En estos espacios, los usuarios obligatoriamente deben bajarse del vehículo y caminar empujándolo. Tampoco pueden ingresar a los carriles centrales del Periférico ni a pasos a desnivel.
    Sus reglas: Deberán viajar siempre a favor del sentido de la calle, usar casco, contar con luces o reflejantes por la noche, y no podrán usar el celular ni audífonos mientras conducen.
  • El cambio histórico: Trabajo comunitario y Juzgados Cívicos en lugar de multas
    Con el fin de evitar extorsiones y «mordidas», el reglamento prioriza un esquema educativo. Si cometes una infracción de tránsito, el proceso ya no se arregla con dinero en la calle:
  1. El agente de tránsito te entregará una boleta de infracción que funciona como citatorio.
  2. Deberás acudir a una audiencia ante un Juez Cívico, donde tendrás derecho a defenderte y exponer tu caso.
  3. Si se confirma la falta, el Juez evaluará tu situación y podrá sustituir la multa económica por horas de trabajo a favor de la comunidad (como limpieza de espacios públicos, pintura o mantenimiento de áreas verdes) o por la asistencia obligatoria a cursos de educación vial.
  4. El nuevo Alcoholímetro:

Límites y horas de arresto
El operativo alcoholímetro ahora cuenta con puestos de control permanentes. El límite máximo permitido para conducir es de menos de 0.25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Las sanciones se aplican bajo la siguiente escala:
0.01 a 0.06 mg/L: Tolerancia. Sin penalización.
0.07 a 0.19 mg/L (Aliento alcohólico): Arresto conmutable por hasta 36 horas de trabajo comunitario.
0.20 a 0.24 mg/L (Ebrio incompleto): Arresto conmutable por hasta 36 horas de trabajo comunitario.
0.25 mg/L en adelante (Ebrio): Arresto obligatorio e inconmutable de hasta 36 horas en el Centro de Detención Municipal. Aquí el Juez Cívico no da la opción de trabajo comunitario por el riesgo que representa el conductor.

  • Lo que NO te perdona: El costo de la grúa y el corralón
    Aunque alcances el beneficio de cambiar tu falta por trabajo comunitario o cumplas tus horas de arresto, los gastos operativos de la grúa y el corralón corren por tu cuenta. En el alcoholímetro, el coche se va directo al depósito sin excepción.
    Para evitar abusos de las grúas privadas, las tarifas están topadas: el arrastre base para autos ligeros está regulado en alrededor de $1,000 pesos (primeros 10 km) y las motos en cerca de $190 pesos. La estancia diaria en el corralón oscila entre los $40 y $55 pesos. Solo quedas exento de este pago si tu auto tenía reporte de robo y fue recuperado, o si el Juez Cívico determina que eres completamente inocente.

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