El plan B fue aprobado

Yurisha Andrade Morales*

Como hemos reflexionado en aportaciones anteriores, el plan B de la presidenta de la República generó una intensa deliberación pública que vivió su capítulo más importante en la Cámara de las Senadurías donde, el miércoles pasado, fue aprobado por las fracciones parlamentarias de Morena, PT y el PVEM, pero sin las modificaciones al artículo 35 constitucional que proponía que el ejercicio de revocación del mandato pudiera celebrarse en el tercero o cuarto año de gobierno, a la par que se establecían facultades para que la primera mandataria pudiera difundir el mecanismo y pedir el voto en su favor, mientras que los partidos políticos no podrían participar opinando sobre el mismo ni a favor ni en contra, lo cual fue considerado como inequitativo por los partidos de la oposición, pero también por el PT que votó en contra, pese a su condición de aliado del morenismo.

            El dictamen de reformas constitucionales fue enviado a la Cámara de las Diputaciones que actuará como cámara revisora y, una vez que lo apruebe, será turnado para su discusión y aprobación a los congresos locales, requiriéndose el visto bueno de, al menos, 17 para que concluya el proceso legislativo y se vuelva realidad establecer un tope del 0.7% del presupuesto de egresos de cada entidad federativa al gasto máximo de los congresos locales; de la misma forma, para que en la integración de los ayuntamientos se establezcan límites al número de regidurías, entre 7 y 15, así como que solo se elija una sola sindicatura.

            Por lo que se refiere a los organismos electorales, el plan B determina que las consejerías electorales del INE, los titulares de sus áreas ejecutivas, así como las consejerías y magistraturas de los organismos electorales locales tendrán que sujetarse a los salarios máximos establecidos para la presidenta. El argumento de los partidos del oficialismo para impulsar estos ajustes constitucionales consiste en que es necesario avanzar en la disminución de los privilegios y canalizar recursos para obras de beneficio colectivo, aunque el plan B, cuyos contenidos deberán impactarse en las legislaciones locales, aún no tiene aparejado un mecanismo que permita conocer el monto exacto de los ahorros que, en su caso, se generen y hacia qué obras públicas estarán dirigidos en beneficio de la colectividad.

            Falta el desenlace del plan B en las diversas votaciones pendientes, aquí referidas, para que se convierta en normas vigentes, pero mientras eso ocurre en los próximos días, hay otras asignaturas que aún no tienen definición, como la separación de las jornadas de votación de las elecciones judiciales que, hoy por hoy, siguen programadas en forma simultánea con las elecciones de todos los demás cargos que se renovarán en 2027, a saber: la Cámara de Diputaciones federales, 17 gubernaturas, 31 congresos locales, la totalidad de ayuntamientos en 30 estados, la mitad de personas juzgadoras federales, la segunda mitad en 19 estados que eligieron el 50% en 2025 y la totalidad de personas juzgadoras en otras 13 entidades federativas. Se trata de elecciones muy densas que entrañan una enorme complejidad logística y política para la ciudadanía y autoridades electorales.

            En el ámbito de la realpolitik habrá que ver cuáles son las consecuencias que tendrá el desgaste que se vivió con el procesamiento del plan B, donde la presidenta y su partido han insistido que en las urnas los electores valorarán quién apoyó y quién rechazó su plan A y las modificaciones que propuso en el plan B sobre la fecha y condiciones para organizar la revocación del mandato. La coalición gobernante acusó diferencias internas que ha llevado a voces destacadas del morenismo, como la de Ricardo Monreal, a convocar a resarcir las heridas y a avanzar hacia las elecciones de 2027.

            También falta saber si la vía de reformas a la legislación secundaria en materia electoral queda cancelada o, en su defecto, si se impulsarán modificaciones que se integren en un plan C, toda vez que la restricción impuesta en el artículo 105 constitucional determina que no se pueden realizar modificaciones a normas fundamentales dentro de los noventa días previos al inicio del proceso electoral y, siendo prácticos, ese plazo vencería hasta el día 7 de junio. 

Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán

@YurishaAndrade

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