Fortalece 76 Legislatura la organización y funcionamiento de los ayuntamientos en Ley Orgánica Municipal

Morelia, Michoacán, a 14 de octubre de 2026.- El Pleno de la 76 Legislatura aprobó reformar la Ley Orgánica Municipal de Michoacán para establecer el límite máximo de quince regidurías que podrán integrar los ayuntamientos e incorporar mecanismos que favorezcan una administración pública municipal más eficiente, cercana a la ciudadanía y orientada a la protección de los derechos de las personas.

En sesión extraordinaria, las y los diputados michoacanos reformaron la fracción II del artículo 17 y la fracción VII del artículo 179, de dicha ley, esto a partir de la propuesta presentada, en lo individual, por la diputada Itzé Camacho Zapian y la que presentó en conjunto con el diputado Juan Carlos Barragán, mismas que fueron dictaminadas por las comisiones unidas de Fortalecimiento Municipal Límites Territoriales.

Con la reforma al artículo 17 se armoniza dicho ordenamiento con el artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán, al incorporar expresamente el límite máximo de quince regidurías que podrán integrar los ayuntamientos, respetando que los ayuntamientos conservarán el número de regidurías conforme a su integración actual.

Respecto a la reforma al artículo 179, esta fortalece los principios de legalidad, proporcionalidad y mejora regulatoria al incorporar como criterio orientador que los reglamentos municipales procuren contemplar mecanismos que favorezcan la corrección de irregularidades administrativas antes de la imposición de sanciones.

Cabe señalar, que la reforma no limita las facultades sancionadoras de los ayuntamientos ni restringe su autonomía reglamentaria, sino que promueve un ejercicio más eficiente de la potestad administrativa, privilegiando, en los casos en que sea posible, la regularización voluntaria de los incumplimientos.

Finalmente, los y las legisladoras consideraron que tales reformas fortalecen el marco jurídico municipal al armonizar la Ley Orgánica Municipal con el texto constitucional vigente y perfeccionan los criterios que orientan el ejercicio de la potestad reglamentaria de los ayuntamientos, contribuyendo con ello a una administración pública municipal más eficiente, congruente y con mayor certeza jurídica.

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