Hoy 8 de septiembre de 2026, la alcaldesa de Uruapan, Grecia Quiroz, acudió a las instalaciones de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (FEMDO) en la Ciudad de México para solicitar formalmente que la Fiscalía General de la República (FGR) atraiga la investigación sobre el homicidio de Carlos Manzo. En su argumento, la munícipe urgió la intervención federal alegando que las investigaciones locales no han mostrado avances significativos tras diez meses del crimen y acusando una falta de exhaustividad en el ámbito estatal.
Sin embargo, la petición ocurre en medio de una intensa controversia legal y política: diversos sectores y autoridades señalan que la principal demora en la integración de la carpeta proviene de la propia alcaldesa, quien se ha negado de forma reiterada a entregar los teléfonos celulares del exalcalde, elementos catalogados como cruciales para el esclarecimiento de los hechos.
11 días de vencimiento: La controversia por la retención del celular
La Fiscalía General del Estado de Michoacán realizó la notificación formal del requerimiento de los equipos telefónicos a Grecia Quiroz en su calidad de víctima indirecta, el pasado 28 de agosto de 2026.
Transcurridos 11 días desde dicha notificación oficial (sumado a las solicitudes previas que habían sido postergadas desde mayo), los dispositivos no han sido puestos a disposición de la autoridad competente:
El origen de la demora: Los peritajes a los teléfonos móviles son indispensables para verificar líneas de investigación clave, como las posibles amenazas previas que sufría el exalcalde y las filtraciones de su agenda hacia grupos delictivos.
Plazos agotados: Jurídicamente, el plazo legal otorgado en la notificación del 28 de agosto ha fenecido en exceso. La falta de entrega voluntaria hace precluir los derechos procesales para fijar condiciones sobre dicha prueba.
Condicionamiento de pruebas: La munícipe argumentó desconfianza hacia las autoridades locales para no entregar las herramientas de comunicación de la víctima, condicionando el peritaje a que sea realizado únicamente en su presencia o de forma directa por peritos federales.
La paradoja: Acusar lentitud provocando el estancamiento
La solicitud de atracción presentada ante la FGR pone en evidencia una clara contradicción en la narrativa del caso: mientras la alcaldesa señala ante las instancias nacionales que la justicia local ha sido lenta e ineficiente, es la retención de los equipos telefónicos por su parte lo que mantiene congeladas diligencias periciales determinantes.
Jurídicamente, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que ante la inobservancia de un requerimiento ministerial notificado, el Ministerio Público tiene la facultad de acudir ante un Juez de Control para solicitar medidas de apremio o la emisión de una orden de inspección para asegurar los indicios. Sin embargo, la omisión en la aplicación de estas medidas coercitivas hacia la alcaldesa ha avivado las críticas sobre un virtual trato preferencial del que no gozaría un ciudadano común frente a una investigación de homicidio.
Hasta el momento, la FGR no ha emitido un acuerdo para atraer el expediente. En tanto la autoridad federal no asuma la jurisdicción, la competencia legal sigue en manos de la Fiscalía de Michoacán, cuyo avance procesal se mantiene condicionado por la entrega de los dispositivos en custodia de la propia munícipe.



