Alberto Hernández Ramírez, activista defensor de Derechos Humanos y exdirector fundador del COEPREDV en el Estado, manifestó que en el País 25 de cada 100 personas con discapacidad son víctimas de algún tipo de discriminación.
En México viven alrededor de 7.1 millones de personas con alguna discapacidad, lo que representa un aproximado del 6% de la población total.
En datos del INEGI, sobre población con limitación o discapacidad por entidad federativa y grupo quinquenal de edad según sexo 2020, en el Estado de Michoacán hay un total de 826 874, de las cuales 384 146 son hombres y 442 728, son mujeres con discapacidad.
Pese a los esfuerzos realizados de orden Nacional e incluso Internacional para erradicar la discriminación, este grupo continúa siendo uno de los más rezagados y vulnerables en términos sociales, económicos y políticos.
Un claro ejemplo de dicha situación es Víctor Zurita, que tuvo la iniciativa de participar en el proceso electoral reciente, logrando ocupar el lugar seis en la lista de las candidaturas a diputaciones plurinominales, conforme a los lineamientos y criterios establecidos por el órgano electoral local en cuanto las acciones afirmativas.
Y es aquí donde se percibe que en los mismos partidos políticos se regatea la inclusión de los grupos vulnerados, en los espacios de representación y toma de decisiones, pues la mayoría de ellos no los incluyeron adecuadamente en sus candidaturas, o bien como el caso de las personas con discapacidad representadas por Víctor Zurita, este fue incluido en uno de los penúltimos lugares, hecho que aun y con ello puso a Michoacán como referente, a nivel nacional e internacional, de la Inclusión política de las Personas con discapacidad.
Esto obedece al cálculo político del riesgo ya que hay una alta probabilidad de quedar fuera de los lugares de representación en el Congreso por el lugar en que fue ubicado, a pesar de ser Morena el único partido que incluyó al sector de Personas con Discapacidad.
La decisión de la Sala Regional de Toluca así, sin considerar ningún criterio de derechos humanos y no Discriminación, le da al traste al tema de la inclusión, atenta contra el espíritu de las acciones afirmativas, que en esencia son mínimos avances que a través de estas medidas de nivelación buscan generar piso parejo, y que pueda, apenas, iniciar la inclusión real de sectores altamente relegados, atreves de los partidos políticos.
Víctor es ajeno a los motivos que derivaron en la anulación de la diputación que había logrado, sin embargo, el órgano jurisdiccional violenta sus derechos políticos electorales. Por ello la sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación deberá enmendarle la plana a la Sala Regional.
Cabe destacar que la Legislación Electoral actual no prevé medidas compensatorias que establezcan un favorecimiento al ejercicio de los derechos políticos electorales de las personas con discapacidad, específicamente el garantizar su acceso a las candidaturas.
Es necesario implementar mecanismos que optimicen los avances de los grupos minoritarios de la población, como son las personas con discapacidad, la comunidad LGBTTIQ+, jóvenes, migrantes e indígenas y esto debe establecerse en la próxima Reforma Electoral de Michoacán.