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Autodefensas que no forman parte de autogobiernos son ilegales

Violan la ley, guardias comunitarias que no pertenecen a autogobiernos en Michoacán, asegura Alfredo Ramírez Bedolla

Morelia, Michoacán a 11 de julio 2022.- Únicamente las comunidades indígenas con autogobierno reconocido por las instancias competentes, serán acreedoras a contar con una guardia comunitaria, todas las demás se encuentran fuera de la ley y estarían cometiendo un delito, así lo reafirmo este día lunes el gobernador del estado, Alfredo Ramírez Bedolla en encuentro con medios de comunicación en Casa Michoacán.

Los autos gobiernos representan el cuarto nivel de gobierno, así lo dejó en claro el gobernador del estado.

Tras el reconocimiento de las kuarichas, figura que realiza actividades de seguridad pública, surgió la polémica sobre si las denominadas “autodefensas” que operan en varias comunidades del Michoacán, también serían reconocidas dentro del marco de la ley, a lo que el Gobernador del estado dejo en claro que estos grupos de civiles armados están violentando la ley.

El artículo 104 reconoce a las kuarichas, rondas y rondines comunales de las comunidades indígenas, y les da certeza legal e institucional.

“Serán consideradas como cuerpos de seguridad comunal de aquellas comunidades indígenas que, de conformidad con la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo y demás normativa aplicable, hayan determinado su autogobierno, ejerzan su presupuesto directo, y hayan sido reconocidas con ese carácter por las autoridades competentes.“ Artículo 104, fracción III

Las obligaciones de las Kuarichas, serán las siguientes:

La relación y colaboración entre cuerpos de seguridad pública y de seguridad comunal se regirán en el marco del respeto a los derechos de autonomía y autogobierno que tienen las comunidades indígenas.

Las kuarichas deberán integrarse a la Secretaría de Seguridad Pública estatal para efectos de coordinación, certificación y capacitación.

Deben cumplir con todos los requisitos aplicables a entes sujetos de responsabilidades en materia de seguridad pública.

Las kuarichas solo podrán realizar funciones de policía si cumplen con los requisitos que establece la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública. No se entregaran armas, ni se permitirá el porte de armas a las Kuarichas, rondas y rondines comunales, que no cumplan con lo que mandata la Ley.

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