Propone Erendira Isauro reforma para frenar propaganda electoral pagada por terceros en Michoacán

Morelia, Michoacán, a 5 de marzo de 2026.- La diputada local por el Distrito 05 de Paracho, Erendira Isauro Hernández, presentó ante el pleno del Congreso del Estado una iniciativa de reforma al artículo 167 del Código Electoral de Michoacán, con el objetivo de prohibir la contratación de propaganda electoral por parte de terceros y garantizar condiciones de equidad en las contiendas.

En la iniciativa que fue acompañada por el diputado Marco Polo Aguirre Chávez, la legisladora planteó que la propuesta busca cerrar vacíos legales que actualmente permiten que personas físicas o morales financien campañas paralelas a favor o en contra de candidaturas, particularmente a través de medios digitales.

La iniciativa establece una prohibición expresa para que cualquier tercero contrate propaganda electoral en medios impresos, redes sociales, plataformas digitales, páginas web, aplicaciones móviles o mediante creadores de contenido e “influencers”.

En su exposición, Eréndira Isauro Hernández subrayó que la democracia debe sostenerse en la equidad, evitando que el poder económico distorsione la competencia electoral mediante la inyección de recursos no fiscalizados.

Asimismo, advirtió que este tipo de prácticas genera opacidad en el origen del dinero, lo que abre la posibilidad de financiamiento ilícito o la intervención de intereses ajenos al proceso democrático.

La propuesta también contempla que, en caso de que un partido político, precandidato o candidato tenga conocimiento de la contratación de propaganda por parte de terceros y no se deslinde oportunamente, el gasto será sumado a sus topes de campaña, además de las sanciones correspondientes.

La diputada impulsora destacó que, aunque la ley ya regula la propaganda en radio y televisión, existe una brecha importante en el ámbito digital, donde actualmente no hay una restricción clara para este tipo de contrataciones.

Finalmente, la iniciativa establece que el Instituto Electoral de Michoacán deberá emitir lineamientos para identificar, monitorear y sancionar estas prácticas en un plazo no mayor a 90 días tras la entrada en vigor del decreto.

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