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Reseccionamiento en Michoacán

David Alejandro Delgado Arroyo.

La sección electoral es la unidad geográfica básica que tiene como propósito agrupar a la ciudadanía para que ejerza el derecho al sufragio en un lugar que permita el fácil y libre acceso.

De tal manera que el ejercicio del voto en México privilegia a la ciudadanía, para que tenga lo más cercano a su domicilio, que reporta a la autoridad electoral con su respectivo comprobante, la casilla para ejercer su derecho político electoral.

En consecuencia, el número de sección que aparece en el frente y en su parte inferior derecha de la credencial para votar, es el número que permite comunicar a la ciudadanía el lugar donde se ubica su casilla el día de la Jornada Electoral.

Pero también es una realidad, los movimientos poblacionales, que desde hace décadas han tenido una transición del campo a las metrópolis, e inclusive dentro de las mismas metrópolis a despoblarse los centros, para convertirse en lugares de comercio, escolares, de servicios y de trámites. Por lo que en las orillas de las ciudades van apareciendo nuevos asentamientos poblacionales, para enfrentar los nuevos asentamientos que genera la inmigración y el natural crecimiento poblacional.

Por ello, la legislación electoral ha previsto que las secciones deben tener un tamaño determinado por su número de electores, es decir, un mínimo de 100 y un máximo de 3,000.

Cuando una sección electoral rebasa los 3,000 electores, comienza a tener problemas de concurrencia, inclusive ante los nuevos asentamientos, las casillas le van quedando más lejos a la ciudadanía. Por lo que cuando es posible, los Consejos Distritales van generando casillas extraordinarias para acercarle a la ciudadanía las mismas, dividiendo las secciones.

Pues bien, el INE ha normalizado ya los procesos de reseccionamiento, que consisten en dividir una sección en tantas secciones como sea viable su estabilidad poblacional dentro de los márgenes que señala la legislación, precisamente para acercar las casillas a los nuevos asentamientos poblacionales.

El 14 de diciembre de 2022, en Michoacán se reseccionaron 6 secciones electorales que ya contaban hasta con más de 16 mil electores. A la que sumó una más el 21 de junio de 2023.

Así que si tienes en tu credencial para votar los siguientes números de sección: 113, 868, 703, 1977, 1263, 2293 y 1107; estas secciones dejaron de existir, pero en cualquier caso, mientras se tenga credencial para votar vigente, aún con ese número de sección, toda la ciudadanía con esos números de sección podrá votar; por lo que la población de esas secciones ha tenido y tendrá diversas opciones.

La primera, tiene que ver con la natural actualización de la credencial para votar que concluyó el pasado 22 de enero, la cual tuvo un periodo de un poco más de un año para la actualización de la sección.

La segunda, es en relación con las reposiciones por robo o extravío que vencieron el pasado 8 de febrero.

La tercera, se encuentra en curso y vence el 20 de mayo, y se refieren a la reimpresión, que es un trámite en que se te reimprime la credencial con la misma foto y datos, pero en los casos de las secciones referidas, ya aparece el nuevo número de sección.

La cuarta y última, es que en el mes de mayo en cada domicilio de estas secciones, un operativo de campo del INE avisará el lugar donde podrán ejercer su derecho al voto, exclusivamente en esas secciones.

Desde el 18 de agosto de 2022 publiqué en estos espacios de difusión sobre este procedimiento de reseccionamiento, así que me voy a permitir reproducir y actualizar algunos párrafos de aquella publicación.

La sección 113 de Apatzingán, que ahora se divide en las secciones 2794 y 2795, es una zona ubicada en la salida a Tepalcatepec.

La sección 868 de Lázaro Cardenas, que ahora se divide en las secciones 2754, 2755, 2756, 2757, 2758 y 2759; es una zona territorialmente muy grande porque se ubica en las orillas de la Ciudad de Lázaro Cárdenas, y prácticamente integra la mayor parte de las colonias que se encuentran en torno al Libramiento a Sicartsa, es decir, colonias como la progreso, la Libertad, La estrella, Villas del Tecnológico, Valle del Tecnológico, entre otras, y que abarca una parte importante de la costa, a la altura de Playa Tortuga.

La sección 1977 de Tarimbaro, que ahora se divide en las secciones 2760, 2761, 2762, 2763, 2764 y 2765; por el rumbo de los fraccionamientos morelianos de Villas de Oriente y Misión del Valle, pero en territorio de Tarimbaro, que abarca colonias como Mirador de las Monarcas, La Palma, Mirador de la Palma, Colinas de la Palma, San José de la Palma, Fraccionamiento Verónica López Martinez, Fraccionamiento Rinconada de los Sauces, Fraccionamientos Terranova I y II, El Prado, Cuitzillo Chico y Grande, El sendero, Valle Real, Campestre Tarimbaro y Cumbres del Campestre.

La sección 703 de Jacona;  que ahora se divide en las secciones 2766, 2767, 2768 y 2769 abarca asentamientos como Fracc. Villa de las Flores, Col. Salinas de Gortari, Col. Alejandreño, Col El Bosque, Fracc. Vasco de Quiroga, Fracc. Bicentenario de la Independencia, Fracc. El Opeño, Col. Montebello, Fracc. Bicentenario de la Independencia, Fracc. La Luz y Fracc. Campestre Curutaran.

La sección 1263 de Morelia, que ahora se divide en las secciones 2770, 2771, 2772, 2773, 2774, 2775, 2776 y 2777; se encuentra integrada por los asentamientos como Col. Ciudad Jardín, Col. Defensores de la República I y II, Col. San Isidro Itzicuaro Norte, Col. Unión Antorchista, Col. Las Cruces, Col. Tzindurio Norte, Col. El Mirador Itzicuaro; Col Miravalle, Fracc. Hacienda Cipres, Col. Habitat San Pascual, Col. Habitacional Paseo, Col. Toledo, Col. San Pascual, Col. Villas de la Esperanza, Col. Granjas Unidas de Morelia, Col. El Parían, Ampl. El Parían, Col. Las cascadas, Fracc. La Insurgencia; Col. Las Cascadas; Fracc. La Insurgencia, Fracc. Heroes Republicanos y Col. Solear Poniente.

La sección 1107 de Morelia, que ahora se divide en las secciones 2787, 2788, 2789, 2790, 2791, 2792 y 2793, que se encuentra integrada por los asentamientos como Fracc. Ciudad Tres Marías, Residencial Club de Golf Tres Marías, Residencial Lomas del Bosque, Residencial Bosques Tres Marías, Fracc. Complejo Tres Marías; Fracc. Cañada del Bosque, Residencial Mandarinos, Residencial Terrazas Zero, Residencial Los Olivos, residencial Privadas Jacarandas, Residencial Abetos, Residencial Cedros, Col. Valle del Campestre, Col. Rincón de los Pirules (Colegio Novohispanos) y Colonia 8 de Agosto.

Finalmente, la Sección 2293 de Uruapán, que ahora se divide en las secciones 2778, 2779, 2780, 2781, 2782, 2783, 2784, 2785 y  2786; que se encuentra integrada por los asentamientos Col. Zumpinito, Col. Lomas de Zumpinito, Fracc. Campestre Zumpinito I, II y III, Fracc. Real de Zumpinito, Col. Ampliación Lomas de Zumpinito, Col. Ampliación Artículo 27, Fracc. Campestre San Antonio, Col. La Pinera, Residencial Olympia, Col. San Luis, Col. Rio Verde, Col. Movimiento Magisterial, Fracc. Santa Teresa, Col. Ampliación Movimiento Magisterial, Fracc. Los Cerezos, Conjunto Habitacional Real de Santa Rosa, Localidad Santa Rosa, Col. Alianza Urbana, Fraccionamiento Condominios Paraiso, Col. La Pradera, Fracc. Santa Barbara, Fracc. Quirindavara, Conjunto Habitacional Itzi Ireri, Col. Los Manzanos, Fraccionamiento Bosques de San Javier y Col. Ampl. Wenceslao Voctoria Soto.

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