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Solo mediante una consulta previa a los pueblos indígenas, el Congreso del Estado podría realizar una reforma legislativa: Heriberto Huerta

Solo así se respetaría la Constitución y sobre todo los tratados internacionales, reiteró el especialista

Por Bety García    

Morelia, Michoacán, 19 agosto 2022.- Aunque no se ha hecho pública la versión definitiva de la sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre la invalidación del capítulo “De las Comunidades Indígenas”, de la ley Orgánica Municipal del Estado, “se tendría que realizar una consulta previa, libre, informada y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas”, reiteró Jorge Heriberto Huerta Gudiño, vocal secretario de la 12 Junta Distrital del Instituto Nacional Electoral (INE)  con cabecera en Apatzingán, Michoacán.

“El problema es que no se realizó esta consulta para aprobar esta reforma legislativa, se señala que el Congreso del Estado, realizó ciertos foros regionales, como una especie de ejercicio de parlamento abierto, pero eso no reúne los requisitos de una consulta a los pueblos y comunidades indígenas del Estado de Michoacán”, externó el especialista en derecho procesal constitucional.

Solo mediante una consulta previa, libre, informada y de buena fe a los pueblos y comunidades indígenas, el Congreso del Estado podría realizar una reforma legislativa, de esa manera, reiteró el también abogado de profesión, “se respetaría la Constitución y sobre todo los tratados internacionales”.

Así mismo agregó, que para dicha consulta los legisladores podrían apoyarse en el  especializado en la materia, que en este caso puede es el instituto electoral de Michoacán (IEM).

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