Morelia, Michoacán, a 1 de agosto de 2022.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) obtuvo mediante procedimiento abreviado, sentencia condenatoria de ocho meses de cárcel y pago por concepto de reparación del daño en contra de Imer “N”, por su responsabilidad en el delito de Violencia Familiar cometido en agravio de su esposa.
De septiembre a diciembre de 2020, Imer “N” agredió y amenazó a la víctima con hacerle daño en diferentes ocasiones. Por motivos de celos, el 26 de septiembre la golpeó en el rostro y la amagó con un cuchillo que puso en su pecho, además de encerrarla en una habitación.
El 29 de noviembre, nuevamente la golpeó en el rostro y en un oído y, el 1 de diciembre, luego de que Imer “N” asegurara a la agraviada que tenía grabaciones que confirmaban una supuesta infidelidad, sacó de entre sus ropas una navaja y fue por una botella de cloro para que ambos la tomaran; posteriormente, la golpeó nuevamente.
Ante los hechos de violencia que afectaban su integridad, la víctima acudió al Centro de Justicia Integral para las Mujeres (CJIM) donde presentó una denuncia contra el ahora sentenciado; se llevaron a cabo las actuaciones correspondientes y se reunieron datos de prueba de su posible participación en los hechos, por lo que el 27 de octubre de 2021, un Juez de Control lo vinculó a proceso y le fijó medidas cautelares.
En virtud de que Imer “N” incumplió con lo establecido por el órgano jurisdiccional, el Ministerio Público solicitó una orden de aprehensión en su contra imponiéndole nuevas medidas cautelares, mismas que también incumplió, por lo que de nueva cuenta fue detenido para continuar con la secuela procesal.
Una vez satisfechos los requisitos establecidos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se solicitó la apertura del procedimiento abreviado, mediante el cual el órgano jurisdiccional resolvió sentenciar a Imer «N» a ocho meses de prisión, así como al pago por concepto de reparación del daño, por su responsabilidad en el delito de Violencia Familiar.
El procedimiento abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso, que consiste en el reconocimiento del imputado en su participación en el hecho delictivo y como consecuencia, se valora la pertinencia de reducir en un margen acotado, la sanción que se impondrá.