Ante la exigencia de pagos salariales a trabajadores de diversos rubros en la entidad, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) en Michoacán exhorta a las autoridades competentes a que respeten el derecho al salario de las y los trabajadores y que realicen de inmediato y sin demora las gestiones necesarias para respetar este derecho.
Esta CEDH Michoacán declara que el derecho al salario es irrenunciable y es una obligación de las autoridades garantizarlo, como parte del mínimo vital, ante la vulneración que implica la falta de pagos a un salario devengado.
En atención a lo dispuesto en el convenio 169 de la OIT y el artículo 123, el salario no puede ser objeto de retención, salvo el decretado por autoridad laboral. Por ello, es indispensable que las autoridades realicen el abono de las cantidades adeudadas.
De igual forma, defiende el derecho a la protesta de las y los trabajadores a quienes se adeuda su salario, siempre y cuando se realice cumpliendo los parámetros Constitucionales, es decir, por escrito, de forma respetuosa y sin generar violencia sobre las personas, bienes o cosas, por lo que se llama a las y los manifestantes al diálogo y conciliación, para construir una cultura de paz.
Los derechos humanos laborales implican el acceso a otros derechos como el de la seguridad social, la permanencia en un empleo, a una indemnización en caso de despido, a un salario, a una vivienda, a la capacitación y a una jornada laboral, entre otros; por lo que el incumplimiento de alguno de ellos significa una violación a los derechos de los trabajadores.
Esta CEDH se suma a las voces que exigen el pago de salarios devengados y hace votos porque de forma inmediata se cumpla con los mismos, para evitar la vulneración a los derechos humanos de la clase trabajadora.
CEDH Michoacán declara que el derecho al salario es irrenunciable y es una obligación de las autoridades garantizarlo como parte del mínimo vital
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